El uso de la vivienda familiar tras el divorcio puede dejarte literalmente sin casa, incluso aunque seas copropietario y no hayas hecho nada mal. Este artículo explica por qué ocurre, qué ven los jueces, y muestra casos reales con sentencia contados como lo que son: historias humanas.
Uso de la vivienda familiar tras el divorcio: qué dice la ley
En España, propiedad y uso no son lo mismo. El artículo 96 del Código Civil permite que el juez atribuya el uso de la vivienda a los hijos y al progenitor con el que conviven, aunque el otro siga siendo copropietario.
Esto significa algo que muchos descubren demasiado tarde: puedes seguir pagando la casa… pero no vivir en ella. No es una sanción. Es la forma en que el sistema prioriza la estabilidad del menor.
El problema aparece cuando esa medida, correcta en origen, no se acompaña de medidas correctoras: alternativas habitacionales, plazos, revisiones o protección real del vínculo con el progenitor excluido.
Casos reales: lo que de verdad pasa (y casi nadie cuenta)
Ejemplo 1 — Caso “la cerradura” (STS 433/2022)
Tras la ruptura, el uso de la vivienda se atribuyó a la madre y a los hijos. El padre seguía siendo copropietario. Durante un tiempo accedía a la vivienda para recoger pertenencias o resolver cuestiones prácticas.
Un día encontró la cerradura cambiada. No hubo aviso previo, ni coordinación, ni acompañamiento. Solo una puerta cerrada.
El padre reaccionó como reaccionan muchos: pensó que la casa seguía siendo suya y que tenía derecho a entrar. Forzó el acceso.
El conflicto acabó en vía penal. El asunto llegó al Tribunal Supremo (STS 433/2022, Sala Penal). La sentencia fue clara: aunque seas copropietario, si el uso está atribuido judicialmente, entrar por la fuerza puede perjudicarte gravemente.
Lección práctica: la reacción impulsiva es comprensible, pero jurídicamente peligrosa. La llave antigua no te protege; la estrategia sí.
Ejemplo 2 — Caso “la expulsión indefinida” (STS 295/2020)
Existía custodia compartida. Ambos progenitores cuidaban de los hijos de forma equilibrada. Aun así, el uso de la vivienda familiar se atribuyó de forma indefinida a uno de ellos. El otro quedó fuera, sin límite temporal ni revisión prevista.
Durante años, la atribución funcionó como una expulsión permanente.
El Tribunal Supremo corrigió esta situación en la STS 295/2020: en custodia compartida, atribuir el uso sin límite temporal puede ser desproporcionado.
Lección práctica: el uso no siempre es “para siempre”. Pero si no se pide revisión, el tiempo juega en tu contra.
Ejemplo 3 — Caso “el vínculo se rompe sin mala fe” (SAP Madrid 100/2021)
Tras la atribución del uso al otro progenitor, el padre se quedó sin vivienda estable y encadenó soluciones precarias. La relación con su hija se fue enfriando. No hubo abandono. No hubo desinterés.
La Audiencia Provincial de Madrid concluyó que el deterioro del vínculo no siempre es emocional ni voluntario, sino consecuencia directa de la precariedad material.
Lección práctica: cuando la exclusión habitacional no se corrige a tiempo, el daño relacional se consolida.
Jurisprudencia clave explicada (sin jerga)
- STS 641/2018: el uso se vincula al interés del menor, no a la propiedad.
- STS 295/2020: el uso indefinido puede ser injusto en custodia compartida.
- STS 181/2014: el uso no puede convertirse en una expropiación encubierta.
- STS 433/2022: cuidado con reacciones impulsivas.
- SAP Madrid 100/2021: la precariedad material también rompe vínculos.
Qué hacer si te quedas fuera de tu casa
- No fuerces el acceso.
- Documenta todo desde el primer día.
- Solicita acceso formal para recoger pertenencias.
- Pide revisión o medidas correctoras.
- Protege el vínculo con tus hijos como prioridad.
¿Te has quedado sin casa tras el divorcio?
Improvisar suele empeorar las cosas. Una estrategia clara puede limitar daños y proteger el vínculo con tus hijos.
Nota: contenido informativo. Cada caso requiere análisis jurídico individualizado.






